Jueves 25 de Abril de 2024
MAIPU Y GENERAL GUIDO EN FASE 4

Maipú y Guido se encuentran en fase 4 en cuanto  a las fases de administración del aislamiento y distanciamiento social preventivo y obligatorio, según el informe oficial del gobierno de la provincia


En fase 3 se encuentran • Balcarce • Bolívar • Lincoln • Lobería.


En fase 4: • 25 de Mayo • 9 de Julio • Adolfo Alsina • Adolfo Gonzáles Chaves • Alberti • Almirante Brown • Arrecifes * • Avellaneda • Ayacucho • Azul • Bahía Blanca • Baradero • Benito Juárez • Berazategui • Berisso • Bragado • Brandsen • Campana • Cañuelas • Capitán Sarmiento • Carlos Casares • Carmen de Areco  • Castelli  • Chacabuco • Chascomús • Chivilcoy • Colón • Coronel de Marina L. Rosales • Coronel Dorrego • Coronel Suárez • Daireaux • Dolores • Ensenada • Escobar • Esteban Echeverría • Exaltación de la Cruz • Ezeiza • Florencio Varela • Florentino Ameghino • General Alvarado • General Alvear • General Arenales • General Belgrano • General Guido (A la tarde del martes 26 cuenta con 6 casos activos de Covid 19. Monte Hermoso • Moreno • Morón • Navarro • Necochea • Olavarría • Patagones • Pehuajó • Pellegrini • Pergamino • Pilar • Lobos • Lomas de Zamora • Luján • Magdalena • Maipú (A la noche del martes 26 hay 38 casos activos • Malvinas Argentinas • Mar Chiquita • Marcos Paz • Mercedes • Merlo • Monte • Hurlingham • Ituzaingó • José C. Paz • Junín • La Costa • La Matanza • La Plata • Lanús • Laprida • Las Flores • Leandro N. Alem • General Juan Madariaga • General La Madrid • General Las Heras • General Pinto  • General Pueyrredón • General Rodríguez • General San Martín • General Viamonte • General Villegas • Guaminí • Hipólito Yrigoyen. Tornquist • Trenque Lauquen • Tres Arroyos • Tres de Febrero • Tres Lomas * • Vicente López • Villa Gesell • Zárate • San Miguel • San Nicolás • San Pedro • San Vicente • Suipacha  • Tandil • Tapalqué • Tigre • Tordillo • Saavedra • Saladillo • Salliqueló * • Salto • San Andrés de Giles • San Antonio de Areco • San Cayetano • San Fernando • San Isidro • Pinamar • Presidente Perón • Puán • Quilmes • Ramallo • Rauch  • Rivadavia • Rojas • Roque Pérez


En fase 5: • Carlos Tejedor • Coronel Pringles • General Lavalle • General Paz • Lezama • Pila • Punta Indio • Villarino


En vistas del Decreto N° 4/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, el gobierno de la provincia de Buenos Aires dispuso las siguientes medidas, que estan vigentes desde el lunes 11 de enero - 1. Continuar empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades y servicios en los 135 distritos de la provincia, de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria. En la actualidad 17 municipios se encuentran en Fase 5, 8 municipios, 123 en Fase 4 y 4 en Fase 3.



  1. En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 01.00 y las 06.00 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente.

  2. Reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos.

  3. Restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.

  4. Reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos.

  5. Habilitar a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.

  6. En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.









SEMANA MAIPUENSE
PROPIETARIO: EZEQUIEL E. ESTERELLAS
DIRECTOR RESPONSABLE: EZEQUIEL E. ESTERELLAS
DOMICILIO LEGAL COMPLETO: ALSINA ESTE 370 - MAIPU
BUENOS AIRES - ARGENTINA
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