Jueves 18 de Abril de 2024
Si sencillamente eso, JUSTICIA, es lo que al fin se hizo

A partir del mes de noviembre de 2010, comienzo junto con mi familia sufrir un injusto peregrinar, ello a raíz de que se me iniciara un sumario administrativo por hechos reprochables y totalmente ajenos a mi accionar y basados en la falacia, en la Municipalidad de Maipú, Bs. As., donde me desempeñaba como jefe de área y pertenecía a la Planta Permanente desde el año 1985.


Se desarrolla la investigación, la que finalmente conlleva en el año 2012 a que el Sr. Intendente Municipal por ese entonces El Sr. Anibal Rappallini decretara mi cesantía en el cargo que venía ocupando, cargo éste que de forma honrada y con gran dedicación desempeñe desde el comienzo, ello en un todo de acuerdo con mis principios, conducta y moral. En ese desagradable ir y venir, tuve la necesidad de contratar los servicios de un abogado, y al momento de la opción tuve la suerte de encontrar una Profesional del Derecho, laboriosa, dedicada y honesta peleadora de las causas injustas, la que desde el comienzo tomo el asunto con la seriedad que ameritaba y además en momentos sosteniéndonos emocionalmente, ya que lo que nos toco vivir fue muy penoso, desagradable y agraviante. Y es así que en este largo e ingrato camino que nos tocó desandar llegamos a la Sentencia del Dr. Antonio Marcelino Escobar, Juez en lo Contencioso Administrativo de Dolores, que en una ejemplar y fundada sentencia de diez fojas dictamina "…anular el Decreto 468/2012 dictado por el Intendente de Maipú el 21/ 06/2012 y condenar a la demandada a dictar en el plazo de 60 (sesenta) días, un nuevo acto administrativo que, teniendo presente lo aquí señalado, concluya las actuaciones sumariales conforme a derecho… La anulación del acto impugnado supone a la vez, el acogimiento de la pretensión de restablecimiento del derecho de la situación subjetiva vulnerada, correspondiendo asimismo condenar a la demandada a reincorporar a la actora, dentro del plazo señalado en el cargo que desempeñaba al 21/06/2012…". Esto nos dio alegría y un cierto alivio emocional, pero duró poco o en realidad nada, ya que el Municipio disconforme con lo resuelto por la Justicia apelo el fallo que decretaba mi inocencia. En consecuencia con ello llega la causa la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, cuerpo éste que luego de un prolijo, exhaustivo y acotado a derecho estudio de las cuestiones, nulidades y disidencias planteadas, llega a la tan esperada sentencia, sentencia que en su parte pertinente dice: "SENTENCIA 1. Rechazar el recurso intentado por la demanda a fs. 818/823 y confirmar la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravio. Imponer las ostas de la 2da. Instancia a la demandada, dado su condición de perdidosa ( arg. Art. 51 inc. 1° del C.P.C.A.- texto según ley 14.967)…" Dicha sentencia se encuentra firme y consentida a partir de octubre de 2018 y por lo tanto en el término de sesenta (60) días se me deberá de reincorporar en el cargo que desempeñaba, del cuál arteramente fui despojada, debiendo asimismo abonarme la totalidad de los salarios correspondiente a la totalidad de los años que no estuve en funciones. La verdad de los hechos, que era mi verdad, verdad que fue sostenida en dos instancias por la Justicia, me hubiese sido difícil de probar de no haber contado con la excelente tarea profesional, acompañada del empeño, tesón, garra, impulso y dedicación que le aplicó la DRA. MARTA LUJAN ESPONDA DE CHIRIZOLA. Cientos de horas de trabajo en conjunto con una dedicación única por parte de la Dra. Marta y todo su equipo que tomó mi mano y me hicieron sentir de que no iba a estar sola en ésta difícil y compleja situación, hicieron que formáramos un gran equipo que fue capaz de sortear todos los obstáculos que se le interpusieron en éste camino que nos tocó recorrer juntas, siempre con la verdad y ajustados a derecho. Infinito y eterno agradecimiento a todos los testigos que hicieron un gran aporte para que la Justicia llegue a ésta resolución. Marta, mi familia y Yo estamos agradecido a vos y al Staff de " ESTUDIO JURIDICO ESPONDA" por el trabajo, la profesionalidad, el empeño, las horas y también la contención brindada. Sin todo ello hubiese sido imposible lograr a la tan anhelada JUSTICIA. SI SENCILLAMENTE ESO, JUSTICIA, ES LO QUE AL FIN SE HIZO Berta Mabel Rios DNI: 17.067.748









SEMANA MAIPUENSE
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