Martes 23 de Abril de 2024
COMUNICADO FRENTE TODOS MAIPU (PBA)

Elecciones: Graves irregularidades en Maipú.


El Juez Ramos Padilla envió la causa al Juzgado Federal con Competencia Electoral a cargo del juez Adolfo Ziulu. El candidato del Frente Todos Facundo Coudannes adelanto que presentará un pedido de impugnación de las elecciones en Maipú. La ley 5109 establece de 1 a 3 años de prisión a quien retenga el DNI de un elector impidiéndolo vota


AVANCE DE LA JUSTICIA SOBRE EL CASO DE SECUESTRO ELECTORAL EN MAIPÚ


Tras los comicios del domingo pasado, el candidato Facundo Couddanes inició una causa penal tras registrarse varias denuncias de vecinos de la localidad de Maipú quienes acusaron a funcionarios de la gestión del actual intendente Rappallini (de JxC) de retener al menos 150 documentos de manera ilegal para que no pudieran ejercer su derecho a voto. A raíz de las denuncias presentadas ante el Juzgado Federal de Dolores, el Juez Ramos Padilla envió la causa al Juzgado Federal con Competencia Electoral a cargo del juez Adolfo Ziulu, quien ahora deberá definir cómo avanza la causa. Por su parte, Facundo Coudannes adelantó que en las próximas horas los apoderados presentarán en el juzgado Federal de La Plata y en la Junta Electoral Provincial un pedido deimpugnación total del acto eleccionario en Maipú. Asimismo, el candidato del Frente Todos agregó que aportarán todas las pruebas quedemuestran la veracidad de los hechos ocurridos en Maipú y presentarán un pedido de citacióna los damnificados y la intervención de la Gendarmería Nacional por considerar que la policía distrital cometió irregularidades al momento en que los damnificados quisieron realizar la denuncia correspondiente. Finalmente Coudannes aclaró que “lo sucedido es de una gravedad institucional sin precedentes y la justicia podrá ampararse en el artículo 133 de la ley 5109 que establece una pena con arresto de uno a tres años a quienes impidan al elector ejercer su voto al quitarle de su documento de identidad.


ANEXO LEY 5109 CODIGO ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


ARTICULO 133°: Serán penados con arresto de uno (1) a tres (3) años, los que cometan alguno de los hechos siguientes: e) Impedir al elector dar su voto, manteniéndolo secuestrado durante las horas de la elección por medio de un ardid, engaño o seducción, o despojándolo de su documento cívico habilitante.


 


 









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